D E C I S I O N
Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE LA HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO A LA PRESENTE DEMANDA, presentado por la ciudadana ODALYS MARGARITA MUDARRA FRAGOZA, venezolana, de estado civil soltera, mayor de edad y titular de la cedula de identidad V-13.240.056, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio Argenis Marchena, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.º 171.397, por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, contra los ciudadanos YUSMARI CAROLINA TORRES MORENO y DOUGLAS ALEXANDER CAMPOS GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V-18.815.432 y V-15.470.201, respectivamente. En consecuencia, d.....