Decisiones del dia 12/06/2026
N� Expediente :
43.387
N� Sentencia :
43.387
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Resolución De Contrato, Daños Y Perjuicios
Partes: GIOVANNI ROSARIO DI MASE COLMENARES VS. HADI EL HALABI MAKLAD
Resumen:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente bien inmueble: Un (01) inmueble identificado como Fundo Las Estacas, ubicado en la jurisdicción del municipio Urdaneta del estado Aragua, el cual posee un área de terreno aproximada de ochocientos ocho hectáreas (808has) con un mil ochocientos catorce metros cuadrados (1.814 mts2), cuyo documento de propiedad se encuentra debidamente protocolizado por ante el Registro Público de los municipios Urdaneta y Camatagua del estado Aragua, en fecha 25 de enero de 2012, quedando anotado bajo el Nº 26, Tomo I, Folio 122 al 127, Protocolo Primero. Y así se decide.
SEGUNDO: SE ORDENA de conformidad con el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil oficiar al REGISTRO PÚBLICO DE LOS MUNICIPIOS URDANETA Y CAMATAGUA DEL ESTADO ARAGUA, a los fines que estampe la nota marginal correspondiente. Líbrese oficio.
TERCERO: NO HAY condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
Juez/Ponente:
Hector Enrique Roberto Tabares Agnelli
Organo:
Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil Y Mercantil
N� Expediente :
43.387
N� Sentencia :
43.387
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Resolución De Contrato, Daños Y Perjuicios
Partes: GIOVANNI ROSARIO DI MASE COLMENARES VS. HADI EL HALABI MAKLAD
Resumen:
Es por todo lo anterior, que la procedencia de una medida cautelar innominada, esta supeditada a los alegatos y pruebas que demuestren la existencia de un fundado temor de que una de las partes, en el curso del proceso, pueda causar lesiones graves o de difícil reparación al derecho de la otra (periculum in damni), la presunción grave del derecho que se reclama (fumus boni iuris), y la presunción grave del riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo (periculum in mora). En este sentido, verificados los documentos o soportes que acompañan la solicitud objeto del presente auto, y lo alegado por la parte solicitante, no se aprecia que se haya hecho mención al periculum in damni cuando peticiono la medida cautelar innominada de "no innovar". En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 601 de la Ley Adjetiva Civil INSTA a la parte accionante sirva consignar a los autos medios probatorios de los cuales se desprenda elementos de convicció.....
Juez/Ponente:
Hector Enrique Roberto Tabares Agnelli
Organo:
Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil Y Mercantil
N� Expediente :
TMP-4946-22
N� Sentencia :
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes: MARIA JOSEFA AVILA ANDRADE Y PATRICIA ELENA LA CRUZ AVILA VS DAVID EDUARDO ALCALA REYES
Resumen:
Ahora bien, los requerimientos que debe llenar la demanda a los efectos de su validez formal son los mencionados anteriormente, siendo estas las previsiones legales las que conforman las exigencias normativas, cuyo acatamiento determina la importancia y procedencia del petitorio; sin embargo en el caso bajo examen, se evidencia que en el escrito de la demanda, la parte actora no dieron cumplimiento a la Resolución N° 2023-0001, de fecha 24 de mayo de 2023 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en cuanto a la cuantía se refiere, tampoco a lo establecido en el Articulo 340 numeral 06 del Código de Procedimiento Civil, fundamentando su pretensión en basamentos legales que contradicen con lo establecido en ley. En consecuencia las solicitantes deben subsanar el escrito y la cuantía, y promover el contrato de venta antes mencionado, dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a la presente fecha. Y así se establece.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, Firmado y Sellado en la Sala.....
Juez/Ponente:
Izaida Marin Roche
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara
N� Expediente :
TMP-4946-22
N� Sentencia :
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes: MARIA JOSEFA AVILA ANDRADE Y PATRICIA ELENA LA CRUZ AVILA VS DAVID EDUARDO ALCALA REYES
Resumen:
Ahora bien, los requerimientos que debe llenar la demanda a los efectos de su validez formal son los mencionados anteriormente, siendo estas las previsiones legales las que conforman las exigencias normativas, cuyo acatamiento determina la importancia y procedencia del petitorio; sin embargo en el caso bajo examen, se evidencia que en el escrito de la demanda, la parte actora no dieron cumplimiento a la Resolución N° 2023-0001, de fecha 24 de mayo de 2023 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en cuanto a la cuantía se refiere, tampoco a lo establecido en el Articulo 340 numeral 06 del Código de Procedimiento Civil, fundamentando su pretensión en basamentos legales que contradicen con lo establecido en ley. En consecuencia las solicitantes deben subsanar el escrito y la cuantía, y promover el contrato de venta antes mencionado, dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a la presente fecha. Y así se establece.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, Firmado y Sellado en la Sala.....
Juez/Ponente:
Izaida Marin Roche
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara
N� Expediente :
TMP-6091-26
N� Sentencia :
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Reconocimiento De Contenido Y Firma
Partes:
Resumen:
´Ahora bien, los requerimientos que debe llenar la demanda a los efectos de su validez formal son los mencionados anteriormente, siendo estas las previsiones legales las que conforman las exigencias normativas, cuyo acatamiento determina la importancia y procedencia del petitorio; sin embargo en el caso bajo examen, se evidencia que en el escrito de la demanda, la parte actora no dio cumplimiento a lo establecido en el Articulo 340 numeral 05 del Código de Procedimiento Civil, y en la Resolución N° 2023-0001, de fecha 24 de mayo de 2023, fundamentando su pretensión en basamentos legales que contradicen con lo establecido en ley. En consecuencia, la solicitante debe ajustar su escrito libelar al procedimiento legal correspondiente, dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a la presente fecha. Y así se establece.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Libertador y Fra.....
Juez/Ponente:
Izaida Marin Roche
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara
N� Expediente :
1Aa-15.361-2026
N� Sentencia :
237-2026
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Admisibilidad Del Recurso De Apelacion
Partes: IVONNE MARTINEZ, ABG. JUAN VELIZ
Resumen:
DISPOSITIVA.
Ahora bien, cumplidos como han sido los trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación de auto, interpuesto en once (11) del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026), por el ABG JUAN CARLOS VELIZ, en su condición de DEFENSA PUBLICA de la ciudadana IVONNE JOSEFINA MARTINEZ AULAR, en contra del auto publicado por el 7J-331-2025, TRIBUNAL SEPTIMO (07°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO de fecha cuatro (04) del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026), en la causa 7J-331-2025, (nome.....
Juez/Ponente:
Rita Luiciana Faga
Organo:
Corte de Apelaciones 1
N� Expediente :
50251-2023
N� Sentencia :
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Cobro De Bolivares Via Ejecutiva
Partes: DEMANDANTE: ABOGADO EN EJERCICIO CESAR EDUARDO CHACÓN , INPREABOGADO Nº 39.180, EN SU CARÁCTER DE APODERADO JUDICIAL DEL "CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL MARACAY III ETAPA" , DEMANDADO: PAOLO JORGE DE JESÚS HENRIQUES, EXTRANJERO, DE NACIONALIDAD PORTUGUESA, MAYOR DE EDAD Y CON CÉDULA DE IDENTIDAD Nº E-81.516.082.-
Resumen:
Aplicando las anteriores consideraciones al caso bajo examen quien decide observa, que revisadas las actas que conforman el presente expediente, se constata que el mismo la parte actora no realizo actuación alguna para gestionar y materializar la citación de la parte demandada. De forma tal, que al evidenciarse que desde el día "24 de Noviembre de 2023" fecha en la cual se admitió la demanda , hasta la presente fecha "12 de Junio de 2026", han transcurrido más de treinta (30) días de inactividad procesal desde la fecha de la admisión de la demanda, de conformidad al artículo 218 del Código de Procedimiento Civil , no cumpliendo la demandante con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado, tiempo que excede el previsto en nuestra legislación adjetiva civil antes citada, por lo que esta Sentenciadora forzosamente declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (Vía ejecutiva) y sus anexos; incoara el Ab.....
Juez/Ponente:
Yris Jacqueline Vasquez
Organo:
Juzgado Segundo De Primera Instancia En Lo Civil Y Mercantil
N� Expediente :
16249
N� Sentencia :
16249
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Amparo Constitucional
Partes: SERGIO BENITEZ, CONTRA JUZGADO DE MUNICIPIO SANTIGO MARIÑO
Resumen:
DECISIÓN
En razón de las anteriores consideraciones este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional intentada por el ciudadano SERGIO ANTONIO BENITEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-5.866.077, asistido del Abogado en ejercicio FRANKLIN OVIEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.49.013, quien ostenta el carácter de presunto agraviado.
Se ordena la desincorporación del presente expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. En Maracay, a los doce (12) día.....
Juez/Ponente:
Ramón Adonay Camacaro Parra
Organo:
Juzgado Tercero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Agrario
N� Expediente :
DP11-L-2026-000275
N� Sentencia :
DP11-L-2026-000275
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes: JOSÉ ALFONSO VERA MORAN VS INVERCARNICA, C.A.
Resumen:
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Improcedente la reforma presentada y en consecuencia, Inadmisible la demanda incoada por el Ciudadano JOSÉ ALFONSO VERA MORAN, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V- 9.227.957, en contra de Entidad de Trabajo Denominada INVERCARNICA, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Juez/Ponente:
Yelim Blanca De Obregon
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
N� Expediente :
DP11-L-2026-000275
N� Sentencia :
DP11-L-2026-000275
Fecha: 12/06/2026
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes: JOSÉ ALFONSO VERA MORAN VS INVERCARNICA, C.A.
Resumen:
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Improcedente la reforma presentada y en consecuencia, Inadmisible la demanda incoada por el Ciudadano JOSÉ ALFONSO VERA MORAN, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V- 9.227.957, en contra de Entidad de Trabajo Denominada INVERCARNICA, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Juez/Ponente:
Yelim Blanca De Obregon
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo