D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentado por el ciudadano JORGE LUIS MONTILLA DIAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-19.531.275, contra la ciudadana YARIBEL MILAGRO ANGARITA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V-19.792.856, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el nueve (09) de mayo del año 2008, por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, según consta de acta de matrimonio signada con el número Nº 117, folio 221, tomo 2B Año 2008, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, concatenado con la Sentencia N.º .....