´Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de reconocimiento de contenido y firma de documento privado interpuesto por la parte actora, ciudadana CARMEN MARILIN MARRERO MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.984.610, en contra de la parte demandada, ciudadana ELSA DEL CARMEN GOMEZ CANDIALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.848.440.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular primero del presente fallo, queda NO RECONOCIDO el documento privado relativo a una cesión de derechos y usufructo de un inmueble ubicado en la 2da Calle Anzoátegui, Sector El Piñal, distinguida con el Nº 35, En El Limón, jurisdicci.....