Este del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana ANGELA CUSTODIA ROJAS DE ROJAS, identificada con la cédula de identidad N° V-8.510.874, contra el ciudadano ARGENIS RAFAEL ROJAS PERALTA, identificado con la cédula de identidad N° V-7.576.873. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha seis (6) de noviembre de 1993, por ante el Registro Civil del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, según se evidencia de Acta asentada bajo el Nº 133, Año 1993, asentada en los libros de matrimonios llevados por ante la mencionada Prefectura. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.