PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente Recurso de Apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD, el recurso de apelación interpuesto por FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.852.865, JESUS DANIEL FERNANDEZ MERLO, titular de la cédula de identidad Nº V-19.790.779, en su condición de INVESTIGADOS, en contra de la decisión dictada por el TRIBUNAL NOVENO (9°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha tres (03) del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026), en la causa Nº 9C-SOL-8189-2025, (nomenclatura de ese tribunal),de acuerdo a lo previsto en la primera parte del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 424 y 442 ejusdem.
TERCERO: Se ORDENA remitir el presente cuaderno separado al TRIBUNAL NOVENO (9°).....