Visto el escrito presentado por la abogada Thais Soraya Moreno, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 29.722, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Reina Yolanda Gutiérrez de Díaz, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-3.844.019, mediante el cual manifiesta su voluntad de desistir del presente procedimiento incoado contra la ciudadana Serafín Moreno García, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-347.582; este Tribunal, una vez verificada la facultad expresa para desistir de la cual goza la prenombrada profesional según el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, y constatado asimismo que dicho desistimiento se limita exclusivamente a la instancia conforme al artículo 265 eiusdem, procede a impartir su correspondiente homologación por no ser contrario al orden público ni a las buenas costumbres; en consecuencia, se declara extinguida la instancia mas no la acción, dá.....