Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulado por el ciudadano MANUEL ALEJANDRO DIAS AULAR, identificado con la cedula de identidad con N° V-24.446.063, contra la ciudadana MARIA ALEJANDRA DEL VALLE PEREZ GONZALEZ, identificada con la cedula de identidad N° V-27.035.435, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día quince (15) de enero del año 2019, por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño, del Estado Aragua según acta de Matrimonio N° 5, Año 2019, Con fundamento en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el expediente N° 1070, de fecha 9 de Diciembre de 2016.