Se recibió SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana EDITH JOSEFINA ROMERO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.474.343, y tras una revisión detallada esta Juzgadora observa, que existe incongruencia en los documentos emitidos por la oficina municipal de catastro, debidamente sellados y firmados, y el libelo de la solicitud, en cuanto a la dirección, los linderos y dimensiones actuales, el nombre de la solicitante y el área de terreno del inmueble, asimismo se observa que omitieron el numero catastral del inmueble e identificar al abogado(a) en el libelo de la presente solicitud, en consecuencia, este Tribunal INSTA a la parte a subsanar los recaudos correspondientes, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en l.....