Ahora bien, en vista de que el demandado en su escrito de contestación convino en la demanda -manifestó expresamente su voluntad de reconocer el documento privado señalado por los actores- y tomando en consideración las normas jurídicas antes transcritas, este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al reconocimiento del contenido y firma del documento privado objeto del presente juicio, que riela a los folios 05 y su vuelto, 06, 07 y 08 y su vuelto, suscrito por una parte por el ciudadano JUAN HUMBERTO TOVAR GALIANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-11.270.479 y por la otra el ciudadano DAVID ESTEBAN MARTINEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.994.419, actuando en representación de la Asociación Civil Iglesia Evangélica Pentecostal Luz y Vida Turmero, inscrita en la Oficina del Registro Principal del Estado Aragua bajo el Nro. 36, Folios 268 al 275, Protocolo Pri.....