Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: HOMOLOGA el Convenimiento presentado por el ciudadano JOSÉ DINIS DA SILVA DAS EIRAS, de nacionalidad portugués, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.276.352, asistido por la abogada LUZ CELESTE ACOSTA BAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 187.657, en el juicio de Reconocimiento de Contenido y Firma incoado por los ciudadanos, DANIELA ANDREINA DA SILVA PORCO y JOSÉ DINIS DA SILVA PORCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-30.406.295 y V-32.595.692, respectivamente, asistidos por la abogada, LOREDANA MUJICA COSTANZO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 242.610 y ordena proceder con e.....