Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a la INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES pendientes la parte demandada hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de SEIS MIL DOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES SIN CENTIMOS (BS. 6.250,00), los cuales son cancelados por la parte demandada en este acto mediante Cheque Nº 01636676 de fecha veintiséis (26) de enero de dos mil diez (2010), girado contra la cuenta Nº 0102-0116-11-0004148942 del Banco de VENEZUELA, a favor del ciudadano JOSE ROJAS, por un monto de Bs. 6.250,00, ofrecimiento este aceptado por el Trabajador demandante y el Abogado que lo asiste, por lo que ambas parte consignan un ejemplar de la transacción celebrada y copia fotostática del cheque pagado, donde consta todos y cada uno de los montos y conceptos transados, con .....