PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por los Abg. Winder López y Abg. Félix Rausseo en su carácter de defensores privados de los ciudadanos BALMORES YSAIS CONTRERAS RIERA, titular de la cedula de identidad N° V-10.233.584, EDINSON ELIAS SANCHEZ PORTILLO, titular de la cedula de identidad N° V-22.424.981 y SERGIO JOSE LEON FLORES, titular de la cedula de identidad N° V-28.711.581. Todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 440, 441 y 442 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por la Abg. Winder López y Abg. Félix Rausseo en su condición defensores privados, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha dos (02) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) por el Quinto (05°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua
TERCERO: Como consecuencia de la admisión, esta Alzada entra a conocer el fondo del.....