Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida tanto por la parte actora como por la demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de enero de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la anterior decisión en los términos antes expuestos, y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano CESAR AUGUSTO ESPINDOLA BIANANSI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad N°: 15.498.549, contra la sociedad mercantil FUNDACIONES PORTUARIAS DE VENEZUELA, C.A, antes identificada y se condena a la demandada a cancelar al accionante las cantidades y c.....