En virtud a los razonamientos expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos Erika Alejandra Calabro Quijada y Alfredo Eduardo Pérez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.909.387 y V-10.379.028, respectivamente, decretada el 6 de octubre de 2009 y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 25 de febrero de 2005, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de acta de matrimonio No. 2, del Libro de Registro Civil correspondiente. En consecuencia, se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.