´Por los razones, motivos y argumentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:LEVANTAR MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR dictada por este Juzgado en fecha 28 de Junio de 2022, sobre la parcela de terreno ubicado en el sector Centro Norte II, Calle Boyacá N° 14, Parroquia Andrés Eloy Blanco, Municipio Girardot de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua, conforme al levantamiento topográfico de coordenadas UTM DATUM SIRGAS-REGVEN (GRS-80) TIENE UN AREA TOTAL DE MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1.435,00M2); siendo poligonal que constituye el lote de terreno, partiendo del Punto V-1 de coordenadas Norte: 1.133.932,06 ESTE: 653.047,46, a una distancia de SEIS METROS CON TREINTA CENTIMETROS (6,30 Mts) hasta llegar al Punto V-2 de coordenadas Norte 1.133......