Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por la parte actora, ciudadano MIGUEL ANTONIO MORA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.313.144 contra el ciudadano GERARDO ANTONIO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.181.7004. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se condena a la parte demandada, ciudadano GERARDO ANTONIO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.181.700, a la entrega del inmueble objeto del presente juicio: ubicado en la calle Barinas, del Barrio Campo Alegre, N° 52 del Municipio Girardot del estad.....