En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN dicha transacción en los términos en que fue expuesto, dándole efectos de Cosa Juzgada, por lo que al quinto (5°) DÍA HÁBIL SIGUIENTE, a esta fecha se ordenará el cierre informático y archivo del expediente En cuanto a las copias certificadas solicitadas, este Tribunal acuerda expedir por secretaría tres (03) juegos de copias certificadas del escrito de transacción presentado en fecha 26 de septiembre de 2012, así como del presente auto, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
El Juez