III
DECISIÓN
En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado JOSE MIGUEL PEÑA AGUILARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.453, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos TOMAS GUSTAVO GUARDIA DÍAZ, BELEN MARÍA RIVAS DÍAZ, CARLOS JOSÉ RIVAS DÍAZ, LAZARO ANTONIO RIVAS DIAZ, LUIS ALFREDO RIVAS y BLANCA FLOR GUARDIA DIAZ (sucesores de la De Cujus MARIA LUISA GIL FORTOUL), contra el auto dictado en fecha 17 de enero de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Transito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en los términos expuestos en el cuerpo del presente fallo, el auto dictado por el Juzgado Primero de Prime.....