IV
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho supra mencionadas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Luis Ramón Criollo, Inpreabogado No. 46.980, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora AURIMAR NOHELY DÍAZ PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 18.701.228, en contra del auto de fecha 3 de mayo de 2022, en el que se declaró, entre otros puntos, la inadmisibilidad de las pruebas referidas a un conjunto de fotografías y misivas, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. En tal sentido:
SEGUNDO: SE CONFIRMA el mencionado auto de fecha 3 de may.....