En este mismo orden de ideas, paso a hacer consideraciones previas en cuanto a lo solicitado por la parte demandada en la persona de su apoderada judicial SCARLETH SENIOR, mediante diligencia de fecha trece (13) de noviembre de 2006, solicitando a esta juzgadora la aclaratoria de la experticia complementaria del fallo, quien aduce estar dentro de la oportunidad legal; es por lo que de conformidad con lo establecido por la ley adjetiva y con el criterio de la doctrina y la jurisprudencia, de sentencia No 261 de 25 de abril de 2002, y reiterada por la sala de casación social de fecha 28 de julio de 2000 y en sentencia de 26 de enero de 2001, este tribunal en uso de los principios que rigen el nuevo proceso la boral y dentro de la atribuciones que me han sido conferidas y dentro del marco de ofrecer a los justiciables una justicia expedita, breve, sumaria y con ocasión de la tutela judicial efectiva, fija para el tercer (3º) día hábil de despacho siguiente, a que conste en autos la ce.....