V. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra señalados, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE CONFIRMA la decisión consultada referida al Decreto de Interdicción Provisional dictado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la Cagua, en fecha 16 de octubre de 2014.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de interdicción provisional mediante el cual se designa como TUTOR INTERINO de la entredicha JUANA IRENE PÉREZ DE FONTANA, en la persona de su hija, ciudadana SOLEDAD MARGARITA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.725.158; como PROTUTORA a la ciudadana TAHIRIS SOLEDAD MONAGAS PÉREZ, de nacion.....