Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por la ciudadana MILAGROS ALEIDA DE CIAM ESPAÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.273.527, asistida por la abogada: CRISTINA GIDEON, debidamente inscrita en el Inpreabogado Nº 95.576, en su carácter de COMPRADORA, y la ciudadana: BERTA ELENA HERNANDEZ ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-605.662, en su carácter de VENDEDORA.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento privado contentivo de COMPRA VENTA PRIVADO sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa construi.....