Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA QUE POR RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentaron los ciudadanos: OVIEDO REYES AURA YAVELLI y OVIEDO REYES PEDRO EMILIO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nro. V-8.689.877 y 12.119.709 respectivamente, contra el ciudadano FREDDY PASCUAL RICCI SANCHEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 8.141.382, identificado en la narrativa de ésta sentencia.- En consecuencia, se Declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes, en fecha 01 de Enero de 2.010 sobre el inmueble constituido por una Casa ubicada en la Calle Páez cruce con Calle El Calvario, en la población de Barrancas Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas; y condena al deman.....