Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FRANCISCO JAVIER PANTOJA BRITO en contra de TRANSPORTE INTERNACIONAL TERCER MILENIO, C.A. a pagar la cantidad de NUEVE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON TRES DENTIMOS (Bs. 9.762.299,3), por concepto de prestaciones sociales, utilidades y utilidades fraccionadas, vacaciones y bono vacacional y su correspondiente fracción e indemnización prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo. Se condena a la demandada al pago de las costas, por haber resultado totalmente vencida. Se le advierte a la parte demandada que de no cancelar las sumas condenadas continuarán causá.....