Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Accidental Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso de apelación propuesto por la abogada MARIELA GODOY ESTABA, Defensora Pública Décima Novena, adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano VERDU BARRIOS MARCO ANTONIO, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de Octubre de 2008, por el JUZGADO VIGESIMO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual: “NIEGA LA SOLICITUD DE LIBERTAD PROCESAL SIN RESTRICCIONES, en beneficio de su defendido, presentada en fecha 01-10-2008, por la Defensora Pública Décima Novena penal, Dra. MARIELA GODOY ESTABA, de conformidad con el artíc.....