DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa Perentoria de la Prescripción alegada por la parte demandada; y SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO VALDERREY RODRÍGUEZ, contra las entidades de trabajo FUNDACIÓN EMPRESAS POLAR, C.A., como demandada principal y EMPRESAS POLAR, C.A., como demandada solidaria, ambas partes plenamente identificados en autos al inicio de la presente sentencia, se ordena la cancelación de la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHO BOLIVARES CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 236.508,37), en la forma discriminada en la parte motiva del presente fallo; en lo que respecta a los intereses de mora y la indexación se procederá de conformidad con lo establecido en la motiva de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total de la demandada.