Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando justician en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano DAVID RAMÓN RANGEL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.119.297.-
Se designa como TUTOR INTERINO a su hermana IRAIDA MARÍA CESAR RANGEL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.813.473.-
El Tribunal ordena seguir formalmente el proceso por los trámites del juicio ordinario, quedando la causa abierta a pruebas.-