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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos OSWALDO JOSÉ MACHADO SILVA y ALBA YOMARA HERNANDEZ HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.089.755 y V-12.610.361, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante la el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas, Santa Cruz, del Estado Aragua, en fecha 01 de Junio de 1.991, quedando registrado bajo el Nº 34, tal como consta en los Libros de Registro Civil correspondientes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de los.....