Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por Cobro de Bolívares intentó la ciudadana KARINA DEL VALLE MARCANO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 80.294, actuando como endosataria en procuración al cobro del ciudadano ANTONIO VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.358016, en contra del ciudadano MANUEL LORENZO BENITEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.819.413, tomando como base los argumentos antes expuestos.