PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 25 de noviembre del año 2014, publicada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 25 de noviembre del año 2014, publicada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en la ciudad de Maracay. TERCERO: SE MODIFICA la decisión apelada bajo la motivación de esta Alzada y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano CARLOS ALBERTO SOUBLETTE YANEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.096,591, contra la Entidad de Trabajo PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A, ordenándose cancelar la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTE BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (224.920,05) por los conceptos referidos en la parte motiva de la presente decisión.....