DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confieren los artículos 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite lo siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el CESE de la medida PRIVACION DE LIBERTAD, en virtud del cumplimiento total de la misma por parte del adolescente: JAEL ISMAEL RIVAS DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 30.293.880, venezolano, natural de Maracay, estado Aragua, de 17 de años de edad, fecha de nacimiento 06-01-2004 , de profesión u oficio indefinido, residenciado en: SECTOR LA MORITA II,BARRIO EL VENERABLE,MANZANA A ,CASA 178ªPARROQUIA SANTA RITA MUNICIPIO LINARES ALCANTARA, ESTADO ARAGUA, quien se encuentra actualmente recluido en el Centro de Privación de Libertad.....