Analizados los hechos alegados por las partes, adminiculados con los fundamentos de Derecho, así como las pruebas promovidas, evacuadas e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de Privación de Custodia incoada por el ciudadano PEDRO EZEQUIEL PAREJO SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.511.813, en contra de la ciudadana ELLAYN YILLROSSY CARRERA LEON, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.722.788; de conformidad con lo previsto con los artículos 25, 32, 360, 361 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, RATIFICANDO así el EJERCICIO DE LA CUSTODIA del niño IDENTIDAD OMITIDA (de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para.....