En consecuencia por cuanto en la presente causa la parte demandante no compareció al segundo acto conciliatorio, debe declararse extinguido el procedimiento de conformidad con lo preceptuado en las normas antes citadas. Y así se decide.
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 756 y 757 del Código de Procedimiento Civil; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: EXTINGUIDO el procedimiento de DIVORCIO ORDINARIO, interpuesto por la ciudadana SHEYLA RUTH HERNANDEZ AGUILERA contra el ciudadano GIACOMO JOSE BERTOLINO YEMMA, ambos debidamente identificados up supra.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA Y NOTIFÍQUESE.
Dada, Firmada y Sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mo.....