V. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana JUANA DE LA CRUZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.582.981, debidamente asistida por el abogado RAMÓN MONTILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.524.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada en fecha 28 de Julio de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, la cual declaro:
"...Por lo que transcurrido el lapso de diez (10) para la revisión del Informe por parte de los interesados, los días 29,30,31 de octubre, 01.....