Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: MARCELINO BLANCO CARRIZALES y CARMEN ZORADIDA BOGADO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedula de identidad Nros. V-8.821.620 y V-10.341.818 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Once (11) de Junio del año Mil Novecientos Ochenta y Uno (1981), por ante el Salón de la Prefectura Civil del Distrito Zamora del Estado Aragua, hoy Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 93, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con .....