Revisado el contenido del acuerdo alcanzado entre las partes anteriormente referida, este Tribunal observa que la misma cumple con los extremos establecidos en la Constitución y las Leyes y en virtud de ello, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara La Homologación de la conciliación alcanzada en los términos expuestos, mediante los pagos de montos únicos estimado en la cantidades de VEINTE MIL BOLIVARES, (Bs. 20.000,00), para el ciudadano WILMER MARQUEZ y OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,00), para la ciudadana JINNY MARQUEZ , y en cuanto al otro trabajador actor de la presente causa, esta debidamente homologado así como se evidencia al folio 379 y 380 del presente expediente; los montos ya señalados comprenden la totalidad de los conceptos demandados y pone fin a este juicio, en consecuencia se ordena el cierre y archivo del expediente. Déjese .....