En Merito de lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: NO HA LUGAR A LA PROSECUCIÓN DE LA PRESENTE INCIDENCIA, consistentes en los Recursos de Apelaciones interpuestos por la ABG. VICTORIA EUGENIA SANZ DIAZ, Defensora Pública Penal Décima Primera, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Monagas, en su condición de Defensora designada de los Ciudadanos ISMER JESÚS HERNÁNDEZ ANIBAL y CLEOMAR JOSÉ CAMPOS CAMPOS, mediante el cual interpuso formal Recurso de Apelación, contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal N° NP01-P-2007-000039, en virtud de que ya existe Sentencia Condenatoria con carácter de Cosa Juzgada en la causa principal signada NP01-P-2007-00039. Remítanse las presentes actuaciones al Trib.....