Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE, para seguir conociendo de la solicitud de PRESUNCIÓN DE MUERTE POR ACCIDENTE que introdujo la ciudadana DORIS MARIANITA MARTÍNEZ, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos MARGARITA BORGES DE MARTINEZ, JOSE GREGORIO MARTINEZ BORGES, JUDITH MARTINEZ BORGES, ELIZABETH MARTINEZ BORGES, JESUS AUGUSTO MARTINEZ BORGES y ARNOLDO ALEXANDER MARTINEZ BORGES, todos plenamente identificados. En consecuencia, DECLINA la misma al Juzgado Distribuidor de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en esta Ciudad de Maracay, a quien se ordena remitir el presente expediente mediante oficio en la oportunidad de Ley.