DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE EL CONVENIMIENTO DE LA ACCIÓN propuesto por el ciudadano, JOSE RAFAEL QUINTERO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.933.160, con correo electrónico: rafaelg705@gmail.com, y número telefónico: 0426-427.66.03, domiciliado en la Avenida 7 entre calle 22 y 23 Nº 2247 Edificio Los Federicos Apto A, sector El Espejo del Municipio Libertador del estado Mérida, representado en este acto por la abogada en ejercicio, ROSMARY ANDREINA MENA BLANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 175.367, con correo electrónico: menarosmary4@gmail.com, y número telefónico: 0424-332.82.89,.....