Por las razones que fueron expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO: RATIFICAR SU COMPETENCIA para conocer y decidir el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL interpuesto por la Ciudadana ADA COROMOTO LIRA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número 9.670.586, asistida de Abogado, contra el MUNICIPIO BOLIVARIANO DE OCUMARE DE LA COSTA DE ORO DEL ESTADO ARAGUA.
SEGUNDO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL interpuesto por la Ciudadana ADA COROMOTO LIRA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.670.586, debidamente asistida por la Abogada Graciela Seijas, Inscrita en el Inpreabogado bajo el número 9916, contra el acto administrativo mediante el cual se le remueve del cargo que venia ocupando, contenido en la Resolución Nº 0023/2014, dictada por el Ciudadano José Manuel L.....