Con fundamento en lo antes expuesto, éste Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara homologado el DESISTIMIENTO del procedimiento en el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano JOSÉ RUÍZ BOLÍVAR, en su carácter de representante legal de la Empresa "RUÍZ BOLÍVAR SEGURIDAD, C.A." (RUBOSECA), asistido por el abogado Niicolás Dorta Changir, contra la Providencia Administrativa N° 38-05 dictada en fecha 25 de enero de 2005 por la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro en Los Teques Estado Miranda, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.