III
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, forzosamente declara INADMISIBLE la querella interdictal restitutoria intentada por el ciudadano DOXSIN GEOR RAMÍREZ ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-9.685.490 y de este domicilio, contra la ciudadana ARADAIYI RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-24.929.015, al verificarse el incumplimiento de los requisitos exigidos por la ley en los términos expuestos en la motiva.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los tres (3) días del mes de agosto del año dos mil diez (2.....