En el día de hoy, tres (03) de Agosto de Dos Mil Quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el Primer Acto Conciliatorio en el presente juicio de Divorcio, al efecto se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal y no habiendo comparecido al mismo, el ciudadano MARTIN JOSE GONZALEZ ACOSTA, arriba identificado, en su carácter de parte actora en la presente causa; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declara EXTINGUIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.