Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
Primero: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 14 de marzo de 2016, folio 43 de la segunda pieza del presente expediente, por el abogado JAVIER JOSÉ PEREZ PEREZ, en su carácter de co-apoderado judicial, del demandante de autos, en contra de la decisión de fecha 28 de octubre de 2015, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas .
Segundo: CON LUGAR la presente demanda de NULIDAD ABSOLUTA DE OPCIÓN COMPRA VENTA, interpuesta por el ciudadano RAFAEL LOZADA CORDERO contra la empresa OFICINA DE INGENIERIA Y SERVICIO,.....