V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el abogado LUIS CECILIO PERDOMO FRANCO, inpreabogado N°50.789, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILLIAM ALFREDO RAMÍREZ HERRERA, parte demandada en el juicio contenido en el expediente signado con el No. T4M-M-3968-2025, nomenclatura interna del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a cargo de la abogada ISABEL MOLINA, en su carácter de Juez Provisoria del mencionado órgano jurisdiccional.
SEGUNDO: Se ordena a la abogada ISABEL MOLINA, ya identificada, a que siga con.....