Se dictó sentencia declarando PRIMERO: DECRETAR MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble que a continuación se detalla: "¿Un apartamento de tres (3) niveles, y distinguido con las letras y números PH-02, ubicado en la Planta Pent-House, del edificio Oeste, el cual forma parte del Conjunto Residencial denominado Residencias San Miguel, construido sobre una parcela de terreno distinguida con las siglas MF-5, en parte del parcelamiento Urbanización El Samán de Los Ángeles, el cual tiene acceso por la carretera nacional que conduce de Oritopo a Los Guayabitos, jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, número de catastro 312-11-06,"