En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por la ciudadana MARÍA ANGÉLICA HARTARD LAGOS, contra el ciudadano WELLINGTON RAFAEL RODRÍGUEZ RIVAS, ambos plenamente identificados. En consecuencia, se ORDENA el desalojo del apartamento destinado para vivienda, distinguido con el número y letra "Uno raya A" (1-A), situado en la primera planta del edificio "Casas del Ávila", ubicado en la Calle cinco (5) de la Urbanización Terrazas del Ávila, Parroquia Petare, Municipio Sucre del estado Miranda, que le pertenece a sus representados, según consta de documento debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito del Registro del Distrito Sucre (ahora Municipio Sucre), del estado Miranda, en fecha 29 de enero de 1988, ba.....