Primero: DECLARA INADMISIBLE por EXTEMPORÁNEA, de conformidad con lo establecido en los artículos 176 del Código Orgánico Procesal Penal, la Aclaratoria solicitada por la Abogada Katia Ninoska Franquiz Cordero, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano Víctor Manuel Rengifo Rodríguez, sobre la decisión dictada por esta Corte de Apelaciones en fecha 14 de Enero del Año 2010, Segundo: se acuerda expedir por la secretaría de esta Corte, Copias Certificadas de la Decisión dictada por esta Corte de Apelaciones en fecha 14 de Enero de 2010.