DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de fijación de obligación de manutención, incoada por la ciudadana. KAREN IVETTE URBANO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 18.165.541, mediante el cual solicitó la fijación de la Obligación de Manutención, en beneficio de su hija *****************, contra el ciudadano NESTOR GUANIPA Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 18.608.256 -, En consecuencia, se fija judicialmente como Obligación de manutención, en base al salario mínimo porcentaje éste que debe ir ajustándo.....